Comienza la era del autoconsumo

Viernes, 05 de abril de 2019 Antonio Barrero F. La ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, anunció ayer que el Gobierno aprobará hoy el Real Decreto (RD) de Autoconsumo, la norma que regulará las condiciones técnicas, económicas y administrativas de la que está llamada a convertirse en una de las palancas de la revolución energética que nos espera. Ribera ha hecho ese anuncio en el marco del encuentro +Renovables, un foro sobre redes inteligentes y digitalización que han organizado el diario El País y el operador del sistema eléctrico nacional, Red Eléctrica de España.

«El nuevo marco normativo que aprobaremos previsiblemente mañana». Punto. La titular del Ministerio para la Transición Ecológica ha anunciado en esos términos -exactamente en esos términos- la llegada al Consejo de Ministros, hoy, del RD de Autoconsumo, gran buque insignia de la política energética del gabinete de Pedro Sánchez, que pasó muchos meses en la oposición prometiendo que derogaría el impuesto al Sol y que lleva ya casi 300 días prometiendo el Real Decreto en cuestión. Pues bien, parece que hoy, al fin, el RD va a cobrar carta de naturaleza. La ministra ya había aprobado el pasado mes de octubre un Real Decreto-ley, más genérico («de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores») que incluía la derogación del impuesto al Sol, pero quedaba pendiente (queda aún) la aprobación del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo, o sea, la norma que lleva la letra pequeña del autoconsumo: «el nuevo marco normativo que aprobaremos previsiblemente mañana». Previsiblemente.

Resulta muy curioso lo mucho que se está resistiendo el Real Decreto susodicho
En Energías Renovables llevamos semanas persiguiendo a todos los actores clave del Ministerio para cerciorarnos de que efectivamente habrá Real Decreto antes del 28 de abril, pero ha sido imposible escuchar una frase contundente. Todo han sido eufemismos. Sugerentes, sí, pero no más. En la feria de las energías renovables, Genera, que tuvo lugar a finales de febrero, todo el mundo dio por sentado que el Real Decreto iba a llegar ya al Consejo de Ministros, «porque lo ha dicho el secretario de Estado». Pero el secretario de estado, José Domínguez Abascal, no dijo eso en Genera. Dijo exactamente «entendemos que va a estar en Consejo de Ministros» (y así titulamos). «Entendemos«. Dijo «entendemos» como si el asunto no estuviese del todo decidido. El caso es que el Real Decreto no llegó al Consejo de Ministros aquella semana, aunque todo el mundo lo había dado por hecho.

Apenas unos días después (principios de marzo), entrevistamos al director de Energías Renovables del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, Joan Groizard, y le preguntamos así: ¿va a haber Real Decreto de Autoconsumo? «El compromiso de la ministra y del secretario de estado es que sí», nos contestó, prudente. Groizard no respondió con un «por supuesto, desde luego que sí, estamos ultimando el texto». Ni contestó así ni dijo nada que se le pareciera. Dijo, literalmente, «el compromiso de la ministra y del secretario de estado es que sí» (eso nos contestó el director del área de Energías Renovables del IDAE como diciendo… y a mí que me registren, que la pelota está en el tejado de Abascal y Ribera).

Tres semanas después acudimos a escuchar, en un debate electoral sobre energía (en el que también había políticos de Ciudadanos, Podemos y el PP), al otro hombre fuerte del Ministerio de Ribera, Hugo Morán, el secretario de Estado de Medio Ambiente. Y volvió a suceder: «esperamos antes del 28 de abril poder complementar la legislación [relativa al autoconsumo] con los decretos pendientes en Consejo de Ministros». Esperamos, dijo Morán. Y ayer Ribera dijo «previsiblemente» y todos los medios digitales se apresuraron a anunciar la irrefutable, inequívoca, inapelable, definitiva, aprobación del RD en el Consejo de Ministros de hoy. Habrá que ver. Habrá que ver si es así y habrá que escrutar el texto concreto.

Diversas fuentes señalan que las modificaciones introducidas sobre el último borrador de RD, el que el Gobierno envió a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para su informe, son escasas (la CNMC por cierto dio su visto bueno a ese borrador). Así que a continuación vamos a repasar algunas de las claves contenidas en ese borrador, antesala del RD que hoy «previsiblemente» aprobará el Consejo de Ministros.

Modalidades
El proyecto de real decreto establece dos modalidades de autoconsumo: sin excedentes y con excedentes. Dentro de esta última (con) se realiza una división en dos subgrupos, el tipo a, que puede acogerse a compensación de excedentes (para poder acogerse a este tipo, la fuente de energía primaria debe ser de origen renovable y la potencia total de las instalaciones de producción asociadas no debe superar los cien kilovatios, 100 kW), y el tipo b, que básicamente contendrá todos los casos de autoconsumo con excedentes que no cumplan los requisitos para clasificarse en alguna de las modalidades anteriores.

Adicionalmente, el proyecto de real decreto señala que el autoconsumo podrá clasificarse en individual o colectivo en función de si se trata de uno o varios consumidores los que estén asociados a las instalaciones de producción próximas. En el caso de autoconsumo colectivo, todos los consumidores participantes que se encuentren asociados a la misma instalación de generación deberán pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo.

Instalación próxima
El proyecto de real decreto presentado por el Gobierno define “instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas” como aquella instalación en la que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

• que estén conectadas a la red interior de los consumidores asociados o estén unidas a éstos a través de líneas directas.
• que estén conectadas a la red de baja tensión derivada del mismo centro de transformación.
• que se encuentren ambos conectados en baja tensión y a una distancia entre ellos inferior a 500 metros. Esta distancia viene limitada por la caída de tensión que supone evacuar en baja tensión una potencia de entre 50 y 100 kW con los conductores utilizados habitualmente en baja tensión.
• que estén ubicados en una misma referencia catastral según sus primeros 14 dígitos.